Responsabilidad Civil para autónomo ¿Le llamamos nosotros?
. *En el caso de la RC General, el seguro cubre reclamaciones de terceros por daños personales o materiales directos causados en su actividad. Este seguro va dirigido a empresas o autónomos que realizan trabajos de “campo”, como son fabricación, instalaciones y montaje, construcción y reformas, talleres, transporte, limpiezas, carpintería, gremios, mantenimientos, etc.
**En el caso de la RC Profesional, el seguro cubre reclamaciones que pueda recibir de terceros, por errores profesionales, cometidos en el ejercicio de su actividad (daños patrimoniales primarios). Este seguro va dirigido a personas tituladas y gabinetes (ingenieros, abogados, arquitectos, etc) , asesores y asesorías, consultores y consultorías, informática y tecnología, marketing y comunicación, periodistas, traductores, API, Centros de educación, etc.
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El seguro de responsabilidad civil es muy importante para la continuidad de su negocio, ya que cubre las indemnizaciones que le puedan reclamar por daños causados a terceros.
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Coberturas habituales en seguros de responsabilidad civil General
Con un seguro de responsabilidad civil, se traslada la obligación de indemnizar a terceras personas que hayan sufrido daños personales y/o materiales, así como perjuicios consecutivos que puedan derivarse de éstos, causados involuntariamente durante el período del seguro, a consecuencia de la actividad del asegurado
Coberturas RC General
La cobertura básica es la RC Explotación, cubre los daños directos causados a terceros en el ejercicio de la actividad asegurada. La cobertura ampara reclamaciones tanto por daños materiales como por daños personales.
RC Subsidiaria: Esta cobertura cubre reclamaciones por daños causados por empresas subcontratadas, contratadas por usted en el ejercicio de la actividad asegurada. Como el nombre de la cobertura indica, es subsidiaria, es decir que un juez ha de declararle responsable subsidiario por sentencia firme y el causante ha de ser insolvente.
RC Patronal: Esta cobertura cubre reclamaciones de los propios empleados contra el asegurado, por accidente laboral. (Ojo, que no es lo mismo que el seguro de convenio)
RC Cruzada: Esta cobertura cubre reclamaciones de empleados de contratistas o empresas subcontratadas por accidente laboral de sus empleados, en el ejercicio de la actividad asegurada y desarrollada para el asegurado.
RC Pos-trabajos: Esta cobertura cubre reclamaciones por los posibles daños que surjan una vez esta el trabajo acabado. Es decir, son daños que no salen en el momento de la realización de la instalación/obra, aparecen a posteriori como consecuencia de los trabajos realizados.
RC Locativa: Esta cobertura cubre daños causados en los locales alquilados que utiliza para la actividad. La cobertura ampara generalmente daños por incendio, explosión y daños por agua.
RC Inmobiliaria: Esta cobertura ampara reclamaciones por daños causados a terceros y debidos a la propiedad del local/inmueble que utiliza en la actividad asegurada
Coberturas habituales en seguros de responsabilidad civil Profesional
Las pólizas de RC Profesional cubren reclamaciones por daños patrimoniales primarios, reclamados al asegurado, por errores profesionales causados en la actividad profesional asegurada.
Estos seguros son del tipo “claims made” es decir que la compañía cubre las reclamaciones, recibidas por primera vez durante la vigencia de la póliza, independientemente de cuando se produjo el hecho causante de la reclamación. Esto hace que se contraten las pólizas con periodo de retroactividad que define el periodo anterior a la emisión de la póliza cuyas reclamaciones serian aceptadas.
Las coberturas RC Profesional
Responsabilidad civil profesional: Cubre la responsabilidad civil del Asegurado por razón de:
• Negligencia
• Actos Profesionales Incorrectos del Asegurado únicamente en el desempeño de su Actividad Profesional
Principales Coberturas:
• Daños Patrimoniales Primarios
• Gastos de Defensa
• Pérdida de documentos
Coberturas adicionales:
• Intromisión ilegítima en el derecho del honor o intimidad de un tercero
• Inhabilitación profesional
• Deshonestidad de empleados
• Protección de datos para sanciones leves
• Liberación de gastos
• Gastos de defensa para reclamaciones derivadas del incumplimiento o uso no autorizado de marcas registradas, copyright
Para el caculo de su seguro de Responsabilidad civil General o Profesional, se requieren ciertos datos como son:
Actividad concreta que realiza.
Honorarios o facturación, que obtiene por su actividad.
Capital asegurado.
El ámbito territorial de su actividad (España, U. E, todo el mundo.)
Indicar si tiene empleados a su cargo. (cobertura RC Patronal)
Indicar si subcontrata a otras empresas/autónomos para ciertos trabajos. (cobertura RC Subsidiaria subcontratistas y RC Cruzada)
Indicar si dispone de algún local para su actividad. (Cobertura RC inmobiliaria o RC Locativa)
Posible siniestralidad anterior a la contratación.